Defensa penal en El Puerto de Santa María

Abogado de delitos sexuales en El Puerto de Santa María

Le investigan por un delito sexual o es víctima: defensa y acusación con discreción en El Puerto de Santa María, con el marco del consentimiento (LO 10/2022, reformada por la LO 4/2023), ante la Audiencia Provincial de Cádiz.

Le investigan por un delito de agresión sexual: su defensa

En muchos de estos asuntos la declaración de la denunciante es la prueba principal, y la jurisprudencia del Tribunal Supremo exige que sea creíble, persistente y con corroboraciones externas. La defensa examina la prueba con el máximo cuidado, apoyada en la presunción de inocencia.

  • La presunción de inocencia. Es la acusación quien debe probar más allá de toda duda razonable.
  • La declaración de la denunciante. Analizamos las contradicciones y el contexto.
  • La prueba pericial y digital. Informes médicos y forenses, mensajes, geolocalización y cámaras se contrastan con rigor.
  • El consentimiento. Estudiamos si existió, cómo se manifestó y qué acreditan las circunstancias, dentro del marco de la LO 10/2022.

Asistencia al detenido por un delito sexual

Si la denuncia acaba en detención por la Policía o la Guardia Civil, la intervención del abogado desde el primer momento es decisiva: entrevista reservada antes de declarar, información sobre el contenido de la denuncia y oposición a medidas cautelares de carácter desproporcionado, como la prisión provisional o una orden de alejamiento (art. 544 bis LECrim) que le aparte de su casa o de su familia sin motivo suficiente. En la fase de instrucción proponemos los medios de prueba y las diligencias que favorecen su versión: mensajes, testigos, informes periciales o el análisis de los dispositivos.

Si usted es víctima de un delito sexual: protección y acusación

Si usted ha sufrido una agresión sexual, le ofrecemos acompañamiento desde el primer paso, con total reserva y confianza. Solicitamos las medidas de protección, ejercemos la acusación particular y reclamamos la responsabilidad civil y la indemnización, siempre en defensa de sus intereses. Cuidamos especialmente evitar la victimización secundaria, coordinando la declaración y las periciales para que el proceso sea lo menos lesivo posible. No prometemos un resultado, pero sí una defensa firme de sus derechos y una respuesta clara a cada pregunta que le surja.

Áreas de defensa

Los principales delitos contra la libertad sexual

Los delitos contra la libertad sexual protegen el derecho de toda persona a decidir con libertad sobre su sexualidad. Estos son los principales.

01

Cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento, incluido el que se comete con abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad.

02

Con acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros u objetos, lo que tradicionalmente se conoce como violación.

03

Violencia o intimidación especialmente graves, actuación conjunta de varias personas o especial vulnerabilidad de la víctima, entre otras.

04

Con protección penal reforzada y penas específicas.

05

Acoso sexual, exhibicionismo, prostitución coactiva y explotación sexual (arts. 187 y siguientes), corrupción de menores, difusión de imágenes de contenido sexual sin consentimiento o delitos por internet, incluida la pornografía infantil del artículo 189.

El consentimiento y el procedimiento penal

Tras la reforma de la Ley Orgánica 10/2022, el eje del delito es el consentimiento: hay agresión sexual siempre que el acto se realiza sin el consentimiento libre de la otra persona, que solo existe cuando se manifiesta por actos que expresen su voluntad. La antigua distinción entre abuso y agresión desapareció: hoy todo acto sexual sin consentimiento es agresión sexual, y las circunstancias del caso agravan o atenúan la pena. La LO 4/2023 volvió a castigar con más pena los casos con violencia o intimidación tras las rebajas que produjo la primera reforma. La instrucción la dirige el Juzgado de Instrucción de El Puerto de Santa María; el juicio lo celebra el Juzgado de lo Penal si la pena no supera los 5 años de prisión y la Audiencia Provincial de Cádiz en los delitos más graves. Una garantía importante es la prueba preconstituida: cuando la víctima es menor de 14 años o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, su declaración se graba durante la instrucción para no tener que repetirla en el juicio (art. 449 ter LECrim). La defensa, como parte del proceso, debe estar presente en esa diligencia ante el juez, porque es su única ocasión de preguntar.

Penas por agresión sexual en España

Los delitos contra la libertad sexual están en el título VIII del libro II del Código Penal (arts. 178 a 194 bis). Estas son las penas de prisión de referencia.

Agresión sexual del artículo 178

De 1 a 4 años de prisión, y de 1 a 5 si hay violencia, intimidación o la víctima tiene anulada su voluntad. Si el hecho es de menor entidad, el juez puede imponer la pena inferior en grado o multa de 18 a 24 meses (art. 178.4).

Agresión sexual con penetración del artículo 179

De 4 a 12 años de prisión, y de 6 a 12 con violencia o intimidación. Las agravantes del artículo 180 elevan esas penas.

Delitos contra menores de dieciséis años

Protegen la indemnidad sexual del menor y tienen penas propias desde 2 años de prisión (art. 181), más altas que las de los adultos para la misma conducta.

Delito de abuso sexual: hechos anteriores a la reforma

Los hechos cometidos antes del 7 de octubre de 2022 se calificaban como abuso sexual cuando no había violencia ni intimidación. Hoy se aplica la ley que resulte más favorable al acusado (art. 2.2 CP), lo que obliga a comparar las dos normas en cada causa y, en su caso, a pedir la revisión de la condena.

Consecuencias además de la prisión

La condena puede incluir prohibición de acercarse a la víctima, libertad vigilada tras cumplir la pena (art. 192) e inscripción en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que impide trabajar con menores. Por eso la estrategia de defensa tiene en cuenta todo lo que está en juego, no solo los años de prisión, y valoramos cada opción, incluida la conformidad cuando la prueba de cargo es sólida.

«El mayor riesgo en un procedimiento penal no es la acusación que ya ha llegado; es la que aún puede evitarse.»

Luis López de Castro · Abogado penalista
El despacho

Abogado especialista en delitos sexuales en El Puerto

La defensa la dirige Luis López de Castro, abogado experto en delitos sexuales, abogado colegiado con más de cuarenta años de ejercicio y una trayectoria centrada en el derecho penal y con actuaciones ante el Tribunal del Jurado, con criterio para analizar la prueba, la sensibilidad y la discreción que estos asuntos requieren y la dedicación que exige su complejidad. En esta materia conviene un abogado especializado, porque la especialización marca la diferencia en la valoración de la prueba. Prestamos este servicio a clientes de El Puerto de Santa María y de toda la provincia de Cádiz, con trato reservado en cada procedimiento.

En su plaza

Estos delitos ante los juzgados de El Puerto de Santa María

Los hechos ocurridos en El Puerto y su zona se instruyen en sus juzgados y su enjuiciamiento corresponde, según la pena, al Juzgado de lo Penal o a la Audiencia Provincial de Cádiz. Cuando el investigado es menor de edad, el asunto se tramita ante la jurisdicción de menores, y cuando los hechos se producen en el ámbito de la pareja, pueden concurrir con la violencia de género. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial o, si juzgó la Audiencia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

C. Cáceres, 12, 11500 Valdelagrana, El Puerto de Santa María (Cádiz)
Tribunal de Instancia · Sección Civil y de Instrucción
El Puerto de Santa María
Instrucción y enjuiciamiento penal
Partido judicial n.º 10 · Cádiz
Recursos y Tribunal del Jurado
Audiencia Provincial de Cádiz
Colegiación
Ilustre Colegio de Abogados de Cádiz

Opiniones de clientes

Lo que dicen nuestros clientes

5,0
Excelente
Basado en 14 reseñas en Google
José Luís Serrano Sanchez
hace 2 semanas
Una atención excelente desde el primer contacto. Cercanía, disponibilidad y mucha claridad a la hora de explicar cualquier duda.
miguel blanco
hace 3 semanas
Se nota que conoce muy bien el derecho penal. Explica las cuestiones de forma sencilla y transmite mucha seguridad y experiencia.
jose ventura sanchez reyes
hace 3 semanas
Muy buen abogado sin duda. Directo, profesional,amable y desde el primer momento sin crear falsas expectativa. Me explico las distintas posibilidades y estuvo pendiente del asunto en todo momento. Muchas gracias por todo y seguiremos confiando en ti siempre.
Juan Murillo
hace 3 semanas
Muy recomendable. Atención rápida ,explicaciones claras y un trato cercano y profesional en todo el proceso de asesoramiento.
Leni Llopis Otero
hace 1 mes
Una experiencia muy positiva dentro de una situación que no era nada fácil. Buen asesoramiento, cercanía y mucha profesionalidad. Gracias por estar siempre disponible, cuando te hemos necesitado.
José Carlos ALBERT Muñoz
hace 1 mes
Muy recomendable. Cercano, claro y resolutivo. En una situación complicada agradecí especialmente poder contar con alguien que me explicara las cosas sin rodeos. La confianza que te transmite facilita la toma de decisiones en momentos difíciles. Siempre dispuesto a cualquier hora del día para atenderte.
GRUPO INNOVAX SL
hace 1 mes
Agradezco especialmente la implicación y la forma de explicarme cada paso. Nunca había pasado por una situación así y sentirme acompañado fue fundamental.
sergio trujillo
hace 1 mes
Muy bien abogado. Directo, profesional y sin crear falsas expectativas. Me explicó las distintas posibilidades y estuvo pendiente del asunto hasta el final.
Rafael Gomez cala
hace 1 mes
Una experiencia muy positiva dentro de una situación que no era nada fácil. Buen asesoramiento, cercanía y mucha profesionalidad.
Miguel Silva
hace 1 mes
Gran profesional muy implicado y se nota que tiene pasión por lo que hace. Durante todo el procedimiento mantuvo una comunicación constante conmigo y eso te da seguridad en los procesos más complejos. Gracias por la paciencia.
Ángel Barrera Bernal
hace 1 mes
Profesional, atento y muy implicado. Durante todo el procedimiento mantuvo una comunicación constante conmigo y eso se agradece mucho. Tranquilidad y confianza en momentos críticos y en decisiones difíciles.
Oscar Trujillo Pajares
hace 1 mes
Desde el primer momento me explicó todo con claridad y me transmitió mucha tranquilidad. Muy profesional y siempre pendiente de cómo avanzaba el procedimiento.
Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber

Respuestas a las dudas más habituales cuando alguien se enfrenta por primera vez a un procedimiento penal.

No. Desde la LO 10/2022 todo acto sexual sin consentimiento es agresión sexual. El delito de abuso sexual solo se sigue usando para comparar penas en hechos anteriores a la reforma.

No declare sin conocer antes lo que consta en la denuncia y el atestado, y sin abogado. Tiene derecho a no declarar y a la presunción de inocencia.

Lo primero es saber qué tipo de delito se le atribuye. Evite cualquier comunicación con la denunciante o su entorno, guarde mensajes y datos que acrediten su versión y pida asesoramiento antes de declarar. Una buena defensa busca los elementos que contradicen el relato, aunque ningún abogado puede asegurar la absolución.

La libertad sexual de los adultos, es decir, la capacidad de decidir con quién y cómo mantener una relación sexual, y la indemnidad sexual de los menores y personas con discapacidad, que la ley protege aunque haya aparente consentimiento.

Se solicitan medidas de protección conforme al Estatuto de la Víctima del Delito (Ley 4/2015), con la ayuda de la Oficina de Asistencia a las Víctimas, y se organiza la declaración y las periciales para evitar la victimización secundaria.

Puede ser prueba de cargo suficiente para una condena, pero la jurisprudencia exige que sea creíble, persistente y con corroboraciones; si no las tiene, cabe la absolución.

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En derecho penal, el primer día cuenta. Escríbanos para pedir una consulta y le respondemos con la mayor brevedad, con la reserva que su asunto exige.

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