Defensa penal en El Puerto de Santa María

Abogado de delitos contra la Administración pública en El Puerto de Santa María

Prevaricación, cohecho, malversación o tráfico de influencias: defensa penal con discreción en El Puerto de Santa María, ante los juzgados de El Puerto y la Audiencia Provincial de Cádiz.

Le investigan como cargo, funcionario o particular: su defensa

Son procedimientos de especial exposición pública, y por eso la defensa protege a la vez sus derechos, su libertad y su imagen, con la discreción que estos asuntos requieren. Desde la primera citación, o en las primeras horas tras una detención, fijamos la estrategia y prestamos asistencia letrada en cada declaración del proceso penal, con formación específica en estos procedimientos.

  • El elemento típico. Analizamos si la conducta encaja realmente en el delito o si es una irregularidad administrativa.
  • El dolo y el conocimiento. La prevaricación exige actuar a sabiendas de la injusticia; el cohecho, una finalidad concreta.
  • Su libertad y sus bienes. Defendemos su libertad frente a las medidas cautelares, incluida la prisión provisional, y su patrimonio frente al decomiso y las fianzas.
  • La inhabilitación. Para quien ocupa un cargo o trabaja en el campo de la contratación pública o del ámbito mercantil, la inhabilitación suele ser la consecuencia más grave, y trabajamos para evitarla o reducirla, porque afecta a su carrera profesional y a la protección de su futuro.

Irregularidad administrativa o delito: dónde está la frontera

No todo lo que se anula por ilegal es penalmente relevante: un exceso de competencia o un error no causan por sí solos un daño penal. La línea entre la irregularidad administrativa, que se corrige con un recurso en la jurisdicción contencioso-administrativa según el derecho administrativo, y el delito, que se ventila en un procedimiento penal, es muy estrecha, y de esa distinción depende buena parte de la defensa. No confunda una infracción administrativa con el delito: se resuelven en otra vía y no son lo mismo. Cuando el dinero público desviado se oculta o se reintroduce en el circuito legal, el asunto puede concurrir además con un blanqueo de capitales.

Áreas de defensa

Los principales delitos contra la Administración pública

El Código Penal reúne en su Título XIX (arts. 404 a 445) los delitos que se cometen desde el ejercicio de una función pública o contra ella. Un delito contra la Administración pública es, en esencia, el abuso de la función o del dinero público en perjuicio del interés general. Además de los que siguen, el título incluye las exacciones ilegales (cobrar impuestos o tasas no debidos, art. 437) y el uso de información privilegiada por el funcionario (art. 442). Estos son los principales.

01

La autoridad o el funcionario que dicta una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia. Conlleva inhabilitación de nueve a quince años.

02

Solicitar o recibir una dádiva por un acto del cargo, y también el cohecho de quien la ofrece o la entrega. Por un acto contrario a los deberes del cargo, prisión de tres a seis años, multa e inhabilitación de nueve a doce años (art. 419).

03

Apropiarse o dar un destino indebido a los fondos públicos, o consentir que otro lo haga. La apropiación con ánimo de lucro se castiga con prisión de dos a seis años e inhabilitación de seis a diez (art. 432); es la versión pública de la apropiación indebida y la administración desleal.

04

Influir en un funcionario prevaliéndose de una relación personal o jerárquica, o de la propia condición, para obtener una resolución que genere un beneficio económico. Lo puede cometer también un particular.

05

Concertarse con los interesados en un contrato público para defraudar a la Administración (prisión de dos a seis años) o intervenir en un asunto en el que se tiene interés privado. Aquí también se investiga a empresas y sociedades contratistas, y el fraude se distingue de la estafa común porque lo comete quien interviene por razón de su cargo.

Cómo trabajamos

Cómo defendemos estos asuntos

No hay dos casos iguales, pero la defensa se construye sobre el tipo penal y la prueba, con discreción.

PASO 01

La condición de funcionario y la resolución

Examinamos si concurren los presupuestos del tipo, si la imputación se sostiene y la información real de la que disponía la persona investigada.

PASO 02

La prueba

Ordenamos los documentos, los contratos y los expedientes de tramitación, que en estos delitos son la prueba principal.

PASO 03

El aforamiento

Cuando el investigado es un cargo aforado (por ejemplo, un parlamentario de la Comunidad Autónoma o un diputado en España), el asunto se enjuicia ante un tribunal superior, y preparamos la defensa a esa altura. Los alcaldes y concejales no son aforados: sus causas se instruyen en el juzgado de la localidad.

PASO 04

La reserva

Trabajamos con la discreción que exige el impacto reputacional de estos procedimientos.

Por qué este despacho

Por qué elegir a nuestro despacho de abogados penalistas en El Puerto

Estos delitos piden un abogado con experiencia, especialización en penal económico y delitos económicos, y la discreción que la materia exige.

Abogados especialistas

Con amplia experiencia en el derecho penal y conocimiento del derecho administrativo que exige la materia.

Defensa de su libertad y de sus bienes

Intervención frente a las medidas cautelares y al decomiso desde el primer momento.

Discreción

Estos asuntos tienen impacto reputacional y se trabajan con reserva.

Trato directo

Con el letrado que lleva su caso y asume su representación, con profesionalidad y una gestión clara del procedimiento.

Castillo de San Marcos, El Puerto de Santa María. Foto: Diego Delso, delso.photo, CC BY-SA 4.0.

«El mayor riesgo en un procedimiento penal no es la acusación que ya ha llegado; es la que aún puede evitarse.»

Luis López de Castro · Abogado penalista
El despacho

Luis López de Castro, abogado penalista experto en delitos contra la Administración

La defensa la dirige Luis López de Castro, abogado colegiado con más de cuarenta años de experiencia en el ámbito del derecho penal y con actuaciones ante el Tribunal del Jurado, con criterio y con la discreción que estos asuntos requieren. Nuestro bufete presta este servicio, con la dedicación que exige la complejidad de cada causa, a clientes que son cargos públicos, funcionarios, personas y empresas de El Puerto de Santa María y de toda la provincia de Cádiz.

En su plaza

Estos delitos ante los juzgados de El Puerto de Santa María

Se instruyen en los juzgados de El Puerto de Santa María, y su enjuiciamiento corresponde, según la pena y la condición del investigado, al Juzgado de lo Penal, a la Audiencia Provincial de Cádiz o, en el caso de los cargos aforados, al tribunal superior que corresponda. Muchas parten de una denuncia ante el Ministerio Fiscal, que en los casos de corrupción de más entidad asume la Fiscalía Anticorrupción. La sentencia se puede recurrir ante la Audiencia o el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Muchas de estas causas prescriben a los 15 años, porque la inhabilitación supera los 10 (art. 131).

C. Cáceres, 12, 11500 Valdelagrana, El Puerto de Santa María (Cádiz)
Tribunal de Instancia · Sección Civil y de Instrucción
El Puerto de Santa María
Instrucción y enjuiciamiento penal
Partido judicial n.º 10 · Cádiz
Recursos y Tribunal del Jurado
Audiencia Provincial de Cádiz
Colegiación
Ilustre Colegio de Abogados de Cádiz

Opiniones de clientes

Lo que dicen nuestros clientes

5,0
Excelente
Basado en 14 reseñas en Google
José Luís Serrano Sanchez
hace 2 semanas
Una atención excelente desde el primer contacto. Cercanía, disponibilidad y mucha claridad a la hora de explicar cualquier duda.
miguel blanco
hace 2 semanas
Se nota que conoce muy bien el derecho penal. Explica las cuestiones de forma sencilla y transmite mucha seguridad y experiencia.
jose ventura sanchez reyes
hace 3 semanas
Muy buen abogado sin duda. Directo, profesional,amable y desde el primer momento sin crear falsas expectativa. Me explico las distintas posibilidades y estuvo pendiente del asunto en todo momento. Muchas gracias por todo y seguiremos confiando en ti siempre.
Juan Murillo
hace 3 semanas
Muy recomendable. Atención rápida ,explicaciones claras y un trato cercano y profesional en todo el proceso de asesoramiento.
Leni Llopis Otero
hace 4 semanas
Una experiencia muy positiva dentro de una situación que no era nada fácil. Buen asesoramiento, cercanía y mucha profesionalidad. Gracias por estar siempre disponible, cuando te hemos necesitado.
José Carlos ALBERT Muñoz
hace 4 semanas
Muy recomendable. Cercano, claro y resolutivo. En una situación complicada agradecí especialmente poder contar con alguien que me explicara las cosas sin rodeos. La confianza que te transmite facilita la toma de decisiones en momentos difíciles. Siempre dispuesto a cualquier hora del día para atenderte.
GRUPO INNOVAX SL
hace 1 mes
Agradezco especialmente la implicación y la forma de explicarme cada paso. Nunca había pasado por una situación así y sentirme acompañado fue fundamental.
sergio trujillo
hace 1 mes
Muy bien abogado. Directo, profesional y sin crear falsas expectativas. Me explicó las distintas posibilidades y estuvo pendiente del asunto hasta el final.
Rafael Gomez cala
hace 1 mes
Una experiencia muy positiva dentro de una situación que no era nada fácil. Buen asesoramiento, cercanía y mucha profesionalidad.
Miguel Silva
hace 1 mes
Gran profesional muy implicado y se nota que tiene pasión por lo que hace. Durante todo el procedimiento mantuvo una comunicación constante conmigo y eso te da seguridad en los procesos más complejos. Gracias por la paciencia.
Ángel Barrera Bernal
hace 1 mes
Profesional, atento y muy implicado. Durante todo el procedimiento mantuvo una comunicación constante conmigo y eso se agradece mucho. Tranquilidad y confianza en momentos críticos y en decisiones difíciles.
Oscar Trujillo Pajares
hace 1 mes
Desde el primer momento me explicó todo con claridad y me transmitió mucha tranquilidad. Muy profesional y siempre pendiente de cómo avanzaba el procedimiento.
Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber

Respuestas a las dudas más habituales cuando alguien se enfrenta por primera vez a un procedimiento penal.

No. La prevaricación (art. 404) exige que la resolución sea arbitraria y dictada a sabiendas de su injusticia.

Sí, por cohecho (si ofrece o entrega una dádiva), por tráfico de influencias, como cooperador en una malversación o en un fraude en la contratación pública. Empresarios y profesionales que contratan con la Administración están en el punto de mira.

Determinados cargos tienen aforamiento: su procedimiento penal corresponde a un tribunal superior.

La malversación exige apropiarse de los fondos o darles un destino indebido con conocimiento; un error contable, sin ese elemento, no es delito.

No declare ni entregue documentación sin hablar antes con un abogado; reúna los expedientes y actúe con discreción y pronto.

Es el que lesiona el correcto funcionamiento de la Administración: decisiones arbitrarias, cobro de sobornos, desvío de fondos o fraude en contratos públicos. El objetivo de estos delitos es proteger la imparcialidad y el servicio público, no castigar cualquier error de gestión.

El decomiso puede alcanzar bienes transferidos a terceros, incluidos familiares, si sabían o debían sospechar su origen (art. 127 quater). En malversación, además, el Tribunal de Cuentas puede tramitar una reclamación de reintegro por responsabilidad contable, que es un problema jurídico distinto y conviene defender a la vez.

No. La prevaricación administrativa del art. 404 se castiga solo con inhabilitación especial de nueve a quince años. La prisión llega cuando se suman otros delitos, como el cohecho o la malversación, y su resultado depende de la prueba de cada juicio.

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En derecho penal, el primer día cuenta. Escríbanos para pedir una consulta y le respondemos con la mayor brevedad, con la reserva que su asunto exige.

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